Sólo se puede solicitar en el Registro Mercantil Central en Madrid. Lo óptimo es solicitarlo por Internet. Antes de solicitarlo puedes pedir en el mismo sitio una copia simple donde puedes consultar 3 nombres para ver si están ocupados, aunque no vale de mucho porque el registrador puede no darte el nombre porque se parezca a otro, o porque ese día estaba de mal humor. Esto cuesta 250 pts.+ IVA.
En la solicitud puedes pedir 3 nombres. Lo mejor es poner nombres complejos como PEPITO REPARTO DE COMIDA A DOMICILIO SL, y así tienes más seguridad de que te concederán ese nombre. Este trámite cuesta un total de 1825 ptas incluidos los gastos de envio a través de correo. Lo pagas contra reembolso y tarda en llegarte unos 8 o 10 días.
También te lo puede gestionar el notario, pero obviamente te cobra y no merece la pena.
INGRESO BANCARIO
Este paso es si el capital de la sociedad tiene aportaciones dinerarias.Debeis ir los socios al banco y crear una cuenta a nombre de la futura sociedad (la titularidad de la cuenta será de una sociedad en constitución, por lo que debeis volver al acabar todos los trámites, para que figure a nombre de una sociedad normal). Teneis que llevar el certificado negativo del nombre, y os darán un certificado por el que consta que el ingreso está hecho.
SOLICITAR EL CIF PROVISIONAL EN HACIENDA
Vas a la delegación de Hacienda de tu zona con el Certificado negativo del nombre, una fotocopia, tu DNI, y el modelo 037 cubierto para solicitar el CIF provisional.
AL NOTARIO PARA LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN
Al notario hay que llevarle el certificado negativo del nombre, el certificado del ingreso bancario, los DNI de los socios y los estatutos de la sociedad. Estos estatutos te los suele hacer el notario, aunque cobra. También puedes cogerlos y hacer un "Copiar-Pegar" cambiando lo que te interese. Más o menos y según el notario tardará sobre una semana. Te cobra unas 40.000 ptas. Con un capital mínimo.
PAGAR EL ITPAJD EN LA HACIENDA DE TU COMUNIDAD
Necesitas el modelo 600 cubierto para pagar operaciones societarias, que es el 1% del capital. Hay que llevar fotocopia y original del CIF, original y copia de la escritura de constitución y el DNI del presentador del documento. Ahí te pondrán un sello en el original de la escritura de constitución que es necesario para inscribir la sociedad en el registro mercantil. Se hace en el momento.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL
Llevas una fotocopia del CIF (y el original siempre por si acaso), y el original de la escritura de constitución. Se quedan con el original y te dan un papel para que puedas ir a buscar otra vez el original pasados unos 2 meses. Son 16.000 ptas en un principio como pago a cuenta. Luego cuando vas a buscarlo te cobran algo más.
DESBLOQUEAR LAS CUENTAS DEL BANCO
Hay que volver al banco llevando el CIF de la sociedad y en teoría el original de la escritura de constitución una vez te la devuelven del registro mercantil. A mí me lo hicieron simplemente entregando una copia y el resguardo que demuestra que están en el registro mercantíl.
PAGAR EL IAE
Debes ir a la delegación de hacienda y presentar el modelo 845. Ahí te ayudarán a darte de alta en el epígrafe que te corresponde del IAE. No tienes que pagar nada en ese momento, ya que luego te lo comunicará tu Ayuntamiento. El plazo son los 10 días anteriores al inicio de la actividad, que debe constar en la escritura de constitución.
DAR DE ALTA EL INICIO DE LAS OPERACIONES
En la delegación de Hacienda debes presentar el modelo 037 para dar de alta el inicio de las operaciones. El plazo es el mismo que el del IAE, así que puedes hacer los dos trámites conjuntamente.
SOLICITAR EL CIF DEFINITIVO
Vas a Hacienda con el original de la escritura de constitución y los estatutos, una fotocopia, el CIF provisional, y el DNI con una fotocopia, y solicitas el CIF definitivo.
ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL
En caso de que tu sociedad no tenga empleados por cuenta ajena, es decir, que trabajeis sólo socios con un porcentaje de capital social elevado, debes dar de alta a dichos socios como autónomos. El modelo es el TA. 0521/B. El plazo es en el mes siguiente al inicio de la actividad, y hay que presentar un modelo por cada socio trabajador. Se debe acompañar de fotocopia y original de los DNI, IAE, estatutos y escritura de constitución, número de seguridad social, y creo que nada más. Lo mejor es que te pases por la seguridad social y preguntes antes de llevar nada. Ahí te darán el modelo gratuitamente.
También debes legalizar un libro de visitas de la seguridad social. Es por si hay inspecciones, y debes hacerlo en la Inspección regional de la Seguridad Social de tu provincia. EL libro se compra en cualquier librería especializada, y te lo legalizan gratis (increible!!) y al momento. El plazo en teoría es un mes desde el inicio de las actividades.
LEGALIZACIÓN DE LIBROS
Debes comprar un libro de Actas y otro de Registro de Socios en alguna librería especializada. Estos libros los tienes que legalizar en el Registro Mercantíl, pagando unos 17 euros por ello. Sólo debes llevar los libros y cubrir una solicitud.